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¿Por qué es necesario legalizar la interrupción voluntaria del embarazo?

 

“La naturalización del cuerpo de la mujer como receptáculo reproductor, la ha condenado a la desapropiación de su propia autonomía. Una mujer que no decide sobre su propio cuerpo es una ciudadana de segunda. Nuestra sociedad tiene que hacerse cargo de garantizar que cada cual pueda desarrollar en su vida privada la concepción metafísica que desee, lo único que debe resguardar la ley es que nadie imponga su propia concepción como razón de estado. Cualquier cosmovisión metafísica puede ser para quien la profese muy beneficiosa en la formación del sentido de las personas; pero se vuelve autoritaria cuando se pretende norma universal. Si se promulgase esta ley de interrupción voluntaria del embarazo, nadie te va a obligar a vos a que abortes. No sigas vos obligando a muchísimas  mujeres a no decidir por si mismas. El aborto es una cuestión política, hagámonos cargo”.

Darío Sztajnszajber, filósofo[1]

 

“Ustedes tienen la posibilidad de superar el dolor y transformarlo en derechos. De eso se trata ser legislador y cumplir con las obligaciones constitucionales y convencionales instauradas: transformar el dolor en derechos. Y claramente, hace mucho tiempo que las mujeres, niñas y adolescentes sufren y pasan por mucho dolor oque es la negación de derechos. Esta en ustedes transformar dolor en derechos.”

Andrés Gil Dominguez (constitucionalista)[2]

 

Por primera vez, el Parlamento discute una ley de despenalización y legalización del aborto.

 

Son tiempos históricos para todas las mujeres; en particular, para toda Argentina y América Latina y el Caribe. Lugar donde el aborto está más penalizado. Según el mapa de las leyes en el mundo[3], no sólo los países con mayor desarrollo económico, cultural e institucional del hemisferio Norte lo tienen regulado con normas permisivas (predominantemente legalizado), sino también muchos países de Asia y algunos de Africa. El aborto está y existe. Las mujeres abortan, las autoricen las leyes o no. Toman decisiones sobre sus cuerpos y sus vidas, de manera autónoma, responsable y reflexiva, porque tienen derecho a ello.

Como integrante de la Campaña Nacional por el Aborto Legal, Seguro y Gratuito, sentimos una enorme emoción. Nuestro proyecto de ley, presentado por séptima vez cada dos años (desde 2007 en adelante) fue el puntapié inicial para que se discutiera el tema en la Cámara de Diputados. Junto con otros 7 proyectos de diferentes diputadxs sobre el mismo tema, se elaboró un nuevo proyecto, producto de un acuerdo plural. Sancionado, estamos en el interregno: este proyecto de ley pasó a la Cámara de Senadores, donde se discutirá en plenaria de 3 comisiones: de Salud, de Justicia y Asuntos Penales y de Asuntos Constitucionales,[4] comenzando el 10 de julio. El dictamen deberá aprobarse el 1 de agosto y el debate en recinto se realizará el 8 de agosto. Si Senadores convalida el mismo texto que ya aprobó Diputados, finalmente será ley, y restará sólo su promulgación por el Ejecutivo (o su eventual veto). Si le incluye modificaciones, debe volver a la Cámara de Diputados.

 

Un muy breve repaso a la historia

Esas 23 horas de debate en el Recinto, que abarcaron dos días (13 y 14 de junio), fueron horas  históricas y electrizantes. Una multitud verde, formada predominantemente por mujeres de todas las edades, cubrió densamente las calles Callao y Rivadavia, a lo largo de muchas cuadras. La vigilia nocturna persistió a pesar del intenso frío, hasta que a las 10.30 de la mañana se supo el resultado de la votación.

En las ocasiones anteriores, y a pesar de haber logrado muchas firmas de legisladorxs, nuestro proyecto perdió estado parlamentario cada dos años; no se había logrado impulsar su discusión formal[5]. Esta vez, fundamentalmente por la presión de enormes masas de mujeres, de la “marea verde” del movimiento feminista/de mujeres y sus aliadxs (sindicatos, universidades, escuelas secundarias, centros de estudiantes, frentes de artistas y tantos mas…) se logró llevarlo a la discusión en plenaria de comisiones de Diputados y luego a la aprobación en el Recinto, donde se aprobó por 129 votos a favor, 125 en contra y una abstención (y un ausente forzoso). Fue un proceso memorable, que cruzó de manera transversal a todos los partidos políticos con representación parlamentaria. Durante dos meses (abril y mayo) en el plenario de comisiones se expresaron más de 730 exposiciones de expertxs de diferentes disciplinas y posiciones: un total de casi 100 horas de argumentos, preguntas y respuestas. En el recinto, una semana después, el debate duró 23 horas seguidas, y motivó el aplauso cruzado de bloques de diferentes pertenencias. Un debate democrático y plural, que unió a lxs diputadxs por la afirmativa en la idea común de que la ampliación de derechos es el eje fundamental de esta decisión.

Esas 23 horas de debate en el Recinto, que abarcaron dos días (13 y 14 de junio), fueron horas  históricas y electrizantes. Una multitud verde, formada predominantemente por mujeres de todas las edades, cubrió densamente las calles Callao y Rivadavia, a lo largo de muchas cuadras. La vigilia nocturna persistió a pesar del intenso frío, hasta que a las 10.30 de la mañana se supo el resultado de la votación. La Campaña por el Derecho al Aborto Legal, Seguro y Gratuito fue el nudo organizador, pero participaron cientos de otros grupos: partidos políticos, sindicatos, movimientos sociales, escuelas secundarias, alianzas de artistas, periodistas, universidades, y sobre todo muchas, muchas personas sueltas. Fue clara la irrupción de las pibas. Muy jóvenes, entusiastas, decididas, van por el derecho a decidir en su cuerpo pintada la cara con glitter verde, con pelucas verdes, con uñas verdes y actitud asertiva. Porque el verde, y el pañuelo verde colgado de las mochilas, en el cuello, la cara, la muñeca, la cintura, es el símbolo que eligió la Campaña y que hoy se ha generalizado como símbolo de la demanda de legalización del derecho al aborto.

La Campaña por el Derecho al Aborto Legal, Seguro y Gratuito nació en mayo 2005, federal desde un comienzo, porque las mujeres feministas habíamos construido vínculos, redes, objetivos comunes en diferentes jornadas, seminarios, y sobre todo en los 28 Encuentros Nacionales de Mujeres que se vienen desarrollando anualmente, en sedes provinciales rotativas, desde 1985 en adelante. Sin que falte un año. Autogestados y horizontales, tal como es la Campaña también. Y las discusiones sobre despenalizar y legalizar el aborto comenzaron desde el principio, cuando alboraba de nuevo la democracia, alla por los 80. Por eso, hoy el horizonte político se pregunta cómo, de dónde salió esta marea verde que cubrió las calles y las pintó de verde, que sostuvo los “martes verdes” al costado del Congreso con actos públicos y eventos artísticos todos los martes de abril y mayo, en el horario de debate de las comisiones de Diputados. Salió de la firme decisión de las mujeres que queremos decidir sobre nuestros cuerpos y nuestras vidas.

 

Situación actual

El proyecto con media sanción de Diputados que ha llegado a Senadores propone que se despenalice y legalice la interrupción voluntaria del embarazo – IVE- hasta las 14 semanas de gestación, y fuera de este plazo, para los casos actualmente previstos por la ley (Código Penal, art 86, más Fallo FAL CSJN) como abortos legales por causales – ILE -[6]: peligro para la salud y/o vida de la gestante, violación[7]. Se agregó como causal legal la existencia de un feto inviable. Otra inclusión no prevista por el proyecto de la Campaña es la posibilidad de la objeción de conciencia del personal de salud (no para las instituciones), y la opción, para la gestante, de pedir una consejería[8]. En este caso, se combina una legislación “por plazos” (hasta la semana 14) con una “por causales” (por fuera de estos plazos).

Veamos ahora los fundamentos por los que, como Campaña, sostenemos que esta ley debe ser sancionada en Senadores; aunque es un tema muy amplio, me limitaré a los principales.

  • Despenalización o legalización? La despenalización consistiría en quitar el aborto del Código Penal (dejar de considerarlo un crimen). Sin embargo, eso no garantizaría el derecho a su realización en los centros de salud. Necesitamos la legalización, que significa que el Estado debe dictar normativa y políticas públicas destinadas a que el aborto voluntario, tal como se establezca en la ley, se aplique efectivamente en los subsistemas de salud público, privado y de obras sociales. Ya conocemos largamente el problema de las leyes que terminan siendo consideradas puramente declarativas mientras las prácticas no se modifican. En este sentido, creemos que la legalización, que incluya políticas públicas efectivas, podrá ser un instrumento para su concreción real.

 

  • Es un problema de salud pública. El aborto es un problema social de enorme relevancia: el número anual de abortos en Argentina se ha discutido mucho, pero la estimación del estudio de Mario y Pantelides (CEPAL , 2009)[9] que habla de 350000 a 500000 abortos anuales, ha sido reconocido por el actual Ministro de Salud, Dr. Rubinstein entre otrxs[10]. Aunque durante tanto tiempo se lo consideró tabú, sigue siendo prioritario en la agenda pública porque la sociedad así lo ha reconocido y aceptado. Las consecuencias del aborto clandestino inseguro para la vida y la salud (física y mental) de las mujeres y las familias son enormes, pero son evitables[11],[12], y generan gran cantidad de intervenciones en el sistema de salud, por complicaciones a veces graves, generando gastos. Esto, cuando logran llegar al hospital; cosa que las mujeres rurales, por ejemplo, no siempre acceden. Las muertes maternas son el último emergente. En los últimos años se registran aproximadamente entre 53.000 a 47.000 egresos hospitalarios por aborto (150 por día). Si bien tratándose de ampliar derechos no es pertinente hablar de gastos sino de inversión, es importante desmentir los argumentos que sostienen que generará gastos para el sistema. Se calcula que implementar los abortos a demanda con los métodos actuales[13] son más baratos que la internación. Además, los países que legalizan el aborto ven disminuir las enfermedades y muertes por aborto, así como la cantidad de abortos.[14],[15].

 

  • Es un problema de justicia social: tal como afirman el mismo ministro del gobierno actual Dr. Rubinstein y muchos expertxs sobre el tema, existe una clara diferencia entre quienes acceden a un aborto seguro y quienes a uno inseguro (ambos clandestinos)[16]. Es claro que quienes recurren a abortos inseguros son las mujeres más pobres, con menos recursos materiales, simbólicos, geográficos, étnicos y otras formas que hacen a su discriminación y marginación como seres humanos. Las que no tienen dinero ni conocen a quien recurrir, ni saben que existe la solidaridad de grupos de mujeres que asesoran en el uso de misoprostol y acompañan brindando contención emocional.[17] Ellas son las que sufren la mayor cantidad de consecuencias en su salud y vida. Se sabe que existe un gran subdiagnóstico, escondido en otras causas de muerte, en otros diagnósticos y en temores del personal de salud, lo que está fundamentalmente determinado por la ilegalidad. También el sector privado puede esconder datos de manera intencional.

 

  • Es un asunto de DDHH. Fundamentos jurídicos. Constitucionalidad. Algunxs brindan interpretaciones sesgadas sobre la Constitución o los instrumentos de DDHH (internacionales y regionales) a los que nuestro país ha adherido o ha ratificado. Sin embargo, en la Constitución Nacional (reforma 1994) sólo se incorpora sobre el tema el art 75 inc 23, un régimen de seguridad social que protege al niño desde el embarazo hasta que culmine al etapa de educación elemental, que no prohibe directa ni indirectamente el aborto[18]. No existe ningún tipo de impedimento o prohibición constitucional; ni ella surge de los tratados internacionales ni de sus órganos. Poro el contrario, existen 14 sentencias, informes, recomendaciones generales y por país, en los que los diversos Comités Monitores de los tratados (órganos que los interpretan) establecen claramente que las mujeres tienen que tener acceso a abortos legales y, en aquellos estados en que está penalizado, deben tender a su despenalización. El Estado Argentino recibió, en 1997 y 2010, informes particulares del comité CEDAW; en 2010 y 2016 del Comité Derechos del Niño; así como del MESECVI en sus Informes Hemisféricos, y  otros Comités[19]. Todos ellos dicen claramente que las mujeres, niñas y adolescentes argentinas tienen derecho a acceder a un aborto legal y el estado argentino está obligado a despenalizar el aborto. En el caso de la Convención de Derechos del Niño, la declaración interpretativa realizada por el Estado argentino no puede ir contra el objeto in fine del tratado. Sobre el Pacto de San José de Costa Rica, que protege la vida “en general” desde el momento de la concepción, el fallo Artavia Murillo de la CIDH ya se ha pronunciado sobre que el embrión “no puede ser entendido como persona”, porque hay un principio de gradualidad. Asimismo, la ex ministra de la CSJMendoza, Aída Kemmelmajer, ha afirmado que por el derecho de progresividad “los derechos del embrión son incrementales, de tal manera que a medida que tiene mayor edad gestacional va adquiriendo mayores derechos, hasta llegar el momento del nacimiento. Los derechos nunca son absolutos; y en este caso es necesario ponderar los derechos de la gestante y del embrión. Hay un principio de proporcionalidad”[20],[21].

 

  • Es un aspecto crucial de la democracia. La  ilegalidad del aborto voluntario (entre otros fenómenos) condena a las mujeres a vivir en una “democracia de baja intensidad”, a ser “ciudadanas de segunda.” El Dr. Roberto Gargarella, jurista reconocido, habla de la “validez” de una ley como condición de democracia: “La validez jurídica de una norma depende de que esa norma se apruebe con el acuerdo de las personas a las que ellas afecta”[22]. Ejemplifica que si en la Sudáfrica de hoy se dictara una ley de discriminación racial suscrita solamente por la minoría blanca, estaríamos frente a una ley afectada en su validez jurídica, y ello es así porque la validez de una ley no depende de que una cantidad de manos se levanten para votarla -puede ser el resultado de una relación de fuerzas- pero su validez depende del acuerdo democrático que lo sustenta. Se trata de un principio ya instalado en el sistema jurídico argentino. La ley que rige la penalización sobre el aborto es producto de un grupo de varones blancos de religión católica elaborada hace un siglo; no es que ellos no puedan tener una voz, pero no pueden ser los dueños exclusivos de esa norma, sobre todo si excluye a quienes son reguladas por esa norma. Nuestra constitución tomó partido por los derechos de las mujeres, incluyendo numerosas legislaciones de discriminación positiva. 

 

  • Es parte del derecho a la autonomía de cualquier ser humano. Está contemplado en la constitución y en las Convenciones Internacionales y/o regionales a las que Argentina ha adherido. Por el principio constitucional y convencional de derecho a la autonomía (que incluye como eje central el propio cuerpo), la mujer no es un instrumento para parir, como un animal de granja hembra. No es un receptáculo. Somos sujetxs de derecho, y por lo tanto tenemos autonomía (que ya explicaba Kant, recogido por Carlos Nino, jurista argentino). Es el derecho que tenemos las personas para proyectar nuestro futuro, para pensar que queremos ser. Por el hecho de portar en el cuerpo un óvulo fecundado que anidó, no es legítimo pensar que la mujer es un instrumento de ese óvulo fecundado que tiene derechos absolutos sobre esa mujer. El derecho a la vida tampoco es absoluto; ni siquiera de las personas nacidas (el principio de legítima defensa ya lo pone en cuestión). La autonomía se relaciona con el cuerpo, que es esencial al sujeto humano; la propia identidad está basada en el cuerpo. Hay integridad física y psíquica, que supone que cualquier persona que ya ha nacido puede tener un proyecto de vida y derecho a la autonomía. En cambio, un embrión no tiene derechos; su vida tiene que ser protegida, pero no tiene derecho a la vida, porque no es titular de derechos hasta que nazca con vida. Tampoco los embriones in vitro  no implantados tienen derechos, ni una mujer puede ser obligada a ser implantada por un embrión. El embrión se desarrolla en una persona con órganos femeninos; la regla es la autonomía de la gestante sobre su cuerpo. Mientras el embrión no se ha desarrollado suficientemente, ella no es un instrumento de parición. Todas las personas somos un  fin en si mismo y no “estamos para otro”. El cuerpo de la mujer es la persona y tiene este derecho inalienable a su autonomía, que puede ser enfrentado a otros derechos pero no se le puede quitar.

 

  • Cuidando la salud mental de las mujeres: no todo embarazo es un hijx. Para que lo sea, tiene que ser “investido” por el deseo de la gestante, que lo “ahija” y lo “materna”, de tal manera de convertir un hecho biológico en un evento social-humano y emocional-personal. Esta operación garantiza al infans la seguridad de recibir amor, seguridad emocional, y las condiciones básicas para desarrollarse y crecer en buenas condiciones. El deseo de ser “madre” (independientemente de su identidad de género, si desea tener un hijx) es lo que convierte un embarazo, un embrión, un feto, en un hijo, y hasta puede visualizarlo imaginariamente como bebé, como niñx. Nadie, desde fuera, puede hacerlo, sin cometer un abusivo deslizamiento de sentido que invade la subjetividad de la persona gestante. Para el psiquismo de una mujer, un embarazo no deseado es un evento ajeno, potencialmente hostil, que se desarrolla en su cuerpo. Al decir de Debora Tajer, “la ilegalidad del aborto voluntario es una biopolítica del control del cuerpo de las mujeres de los países periféricos[23]”. Un aborto seguro generalmente provee alivio y resolución de la angustia que genera la amenaza de tener que “criar”, sostener, cuidar, y ¿amar? a alguien no querido.

 

 

A manera de conclusión

Lxs legisladorxs deben dejar de lado supuestos dilemas de creencias, éticos y/o metafísicos: acerca de la pregunta sobre cuándo comienza la vida, la persona, etc. Porque en una democracia plural, donde se convive con otrxs diversxs, nadie puede creerse dueño de la verdad.

Por una mejor democracia. No es un problema moral, es un problema de ampliar o negar derechos existentes. Un cambio en la legislación no cambiará la realidad – los abortos seguirán ocurriendo -, sino las condiciones en que se realice. Reconocer el derecho que asiste a una mujer de tomar una decisión razonada y autónoma sobre interrumpir un embarazo en curso que está portando pero no desea, y brindarle servicios para ello, no va a generar una avalancha de abortos, tal como se teme. Al igual que en el caso de las leyes de divorcio vincular o del matrimonio igualitario (cuando se agitaron fantasmas similares), las personas simplemente tendrán más derechos, tendremos una democracia más justa, más legítima, más intensa. Como algunos de los países desarrollados a los que decimos querer parecernos, que tienen legalizado el aborto. Mantener penalizado el aborto significa permitir que haya alrededor de 4 a 5 veces más cantidad que en los países que lo tienen despenalizado.

Lxs legisladorxs deben dejar de lado supuestos dilemas de creencias, éticos y/o metafísicos: acerca de la pregunta sobre cuándo comienza la vida, la persona, etc. Porque en una democracia plural, donde se convive con otrxs diversxs, nadie puede creerse dueño de la verdad. Como dice Sztajnszajber, “No pueden convivir nunca la democracia y los absolutos. No pueden convivir nunca la democracia y la verdad; es que si hay una verdad y alguien cree poseerla, entonces al otro se lo ningunea, se le quita entidad y automáticamente se lo convierte en un enemigo, en un ignorante o en un asesino”. (op cit). Deben legislar teniendo en cuenta las demandas y los derechos de las personas sobre quienes está legislando.

Como afirma Ginés González García, “es un debate entre la realidad y la ficción, entre la ciencia y las creencias, entre los resultados y los no resultados[24]. Lxs legisladorxs deben hacer política, no metafísica; no priorizar sus convicciones personales sino escuchar a la sociedad que ya ha despenalizado el aborto, como queda claro por la multitud que ha acompañado esta demanda durante los últimos años en diversos eventos y especialmente el 13 y 14 de junio de 2018. También en los innumerables pañuelos verdes que han inundado el país. Basta subir a un medio de transporte o caminar por la calle para ver este símbolo que, habiendo nacido en el seno de la Campaña, se ha vuelto casi universal portando el significante “apoyo la legalización del aborto”.

Pocas veces hay la oportunidad de aprobar una ley como la presente, que amplia derechos y no obliga a nadie a abortar sino que permite hacerlo a quien lo haya decidido. Hará desaparecer buena parte de los miedos y las culpas, generadas por la ilegalidad. Minimizar los riesgos, desactivar la represión. Hoy los grupos que se oponen a la legalización del aborto piden educación sexual e información; pero en su momento, cuando se aprobó el programa de SSy PR[25], por difundir el  profiláctico y el DIU hubo problemas con la iglesia; y en muchas provincias hubo grandes resistencias y no se distribuían. Hoy no se aplica ni el aborto legal previsto por el CP. Hoy hay abortos de pobres, de no pobres y de ricas. Desaparecido el miedo, podremos proteger a todxs. Mas alla de los miedos y de las diferencias de ética o moral, debemos legislar para el bienestar de la mitad de la población. Incluso para aquellxs que pueden hacerlo de manera segura pero bajo clandestinidad del estigma de la posible persecución penal y son consideradas ante la Ley (como orden simbólico) como delincuentes, porque van contra las leyes.

 

6 de julio 2018

 

 

Notas

 

[1] Filósofo, profesor universitario de grado y posgrado. Intervención en el debate del Plenario de Comisiones de Diputados, https://www.youtube.com/watch?v=s32DtKi0QQs

[2] Andrés Gil Dominguez, abogado constitucionalista. Exposición de la Plenaria de Cammara de Diputados https://www.youtube.com/watch?v=NQU9TJaMMNc

[4] Según el funcionamiento del bicameral parlamento argentino, si el Senado sanciona el texto de la ley que viene de Diputados sin ningún tipo de modificación, queda aprobada y sólo resta la promulgación (o el eventual veto) del poder ejecutivo. Posteriormente, se debe reglamentar para determinar las políticas públicas que la implementen.

[5] Para más detalles ver la página web de la Campaña: http://www.abortolegal.com.ar/

[6] El fallo FAL de la CSJN (2012) establece que el aborto no es punible en todos los casos de violación, no solamente cuando la gestante es idiota o demente; y también avanza en la causal salud/riesgo de vida. En el primer caso, establece que no es necesario permiso judicial ni constancia alguna, solo la declaración jurada de la interesada ante el médicx tratante.

[7] Es claro que ni siquiera el Código Penal asimila el aborto a homicidio, dado que en el primer caso la pena es de 1 a 4 años y en el segundo de 8 a 25. Esto desmiente ciertas posiciones extremas.

[8] Hoy, los ILE deberían ser realizados en los centros de salud a pedido de la gestante y sin más requisito que la declaración jurada ante el/la medicx tratante. Pero en la práctica casi no se realizan, por resistencia de los servicios de salud que judicializan o demoran la respuesta, o recurren a la “objeción de conciencia”. La normativa actual ha fracasado rotundamente.

[9] CEPAL (2009). “Estimación de la magnitud del aborto inducido en la Argentina1 Silvia Mario y Edith Alejandra Pantelides”. Santiago, Chile.  http://archivo.cepal.org/pdfs/NotasPoblacion/NP87Mario.pdf

[11] Hoy existen dos clases de abortos clandestinos: los seguros y los inseguros. Ambos están fuera de la ley, pero los primeros se realizan, según la definición de la OMS (Manual de Prácticas para un Aborto Seguro, http://apps.who.int/iris/bitstream/handle/10665/134747/9789243548715_spa... cuando es practicado por personal idóneo y en contextos seguros, es decir libre de condiciones sépticas. Los seguros suelen realizarse en clínicas o consultorios médicos.

[12] La salud según OMS es un estado de completo bienestar físico, mental y social, y no solamente la ausencia de afecciones o enfermedades. https://concepto.de/salud-segun-la-oms/#ixzz5KP4zT1hh

[13] OMS recomienda el uso de mifepristol + mifepristona o AMEU (Aspiración Manual Endouterina).

[14] Rubinstein, Adolfo (Ministro actual de salud). Exposición en Cámara de Diputados en Plenaria Comisiones. https://www.youtube.com/watch?v=5tf07cobR1g

[15] En los países con leyes más permisivas, los abortos suelen reducirse debido a un contexto general más permisivo acerca de la capacidad de decisión de las mujeres acerca de su cuerpo y su capacidad reproductiva, que incluye educación sexual integral en las escuelas, sistemas de atención adecuados, accesibles, de calidad y con perspectiva de género, y finalmente procedimientos seguros – médica y emocionalmente – para acceder a ellos.

[16] Según la OMS, aborto inseguro es aquél que se realiza en malas condiciones sanitarias, con procedimientos peligrosos y con personal no capacitado.

[17] Tales como grupos de Socorro Rosa, Línea Mas información Menos Riesgos y otros.

[18] Exposición del Constitucionalista Gil Dominguez, https://www.youtube.com/watch?v=NQU9TJaMMNc

[19] Ver Recomendación General 35 CEDAW; 1er, 2do y 3er Informe Hemisférico MESECVI; informes de país del Comité Monitor Convención Derechos del Niño.

[20] "El embrión no tiene un derecho absoluto a la superviviencia, ni la mujer tiene derecho absoluto a interrumpir el embarazo en cualquier momento. No tiene sentido plantear el debate en estos términos. https://www.mdzol.com/nota/791587-los-4-argumentos-de-kemelmajer-para-ap...

[21] “Según el Caso Wade vs.  Roe de EEUU, En la primera etapa del embarazo (los primeros 90 días) la mujer puede decidir sobre su cuerpo sin tener que brindar razones para hacerlo. En el segundo trimestre tienen que existir razones que justifiquen el aborto. Y en la tercera etapa del embarazo la mujer no puede decidir, sólo puede abortar si está en riesgo su vida. Esta es la progresividad de los derechos que defiendo".

[22] Dr Roberto Gargarella en la exposición de la reunión plenaria de Diputados. https://www.youtube.com/watch?v=zRBBqSlrNZ0&t=145s. minuto 1.5

[23] Debora Tajer. Aborto y campo de la salud mental. https://www.facebook.com/search/top/?q=debora%20tajer

[24] Dr. Gines Gonzalez Garcia. Exposicion en Plenaria Comisiones Camara de Diputados https://www.youtube.com/watch?v=jhcMYZMdQHg

[25] Programa de Salud Sexual y Procreación Responsable, Ley 25673 (2002). Decreto reglamentario 2003, cuando se pone en marcha el Programa (28-5-18) Provee capacitación al personal de salud, insumos y asesoramiento sobre salud sexual, reproductiva y métodos anticonceptivos.

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Articulo publicado en
Julio / 2018

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