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Síndrome de alienación parental

 

En el año 1985, Richard Gardner, médico clínico estadounidense, como perito judicial y en el marco de un litigio de divorcio, nombra por primera vez una serie de conductas que presentarían l*s hij*s de ese matrimonio que él denomina “Síndrome de Alienación Parental”. En el año 1987, publica a través de su propia editorial, Creative Therapeutics, Síndrome de Alienación Parental y la diferencia entre abuso sexual infantil fabricado y genuino asociándolo directamente a las denuncias, siempre en el ámbito judicial, de acusaciones de incesto hacia uno de los progenitores, diciendo que: “casi siempre la denunciante es la madre, y quien es denunciado/acusado, es el padre”. Desde ese momento, R. Gardner asoció este pretendido síndrome, a casos de litigio por la custodia de l*s hij*s y en especial cuando se acusaba al progenitor de abuso sexual. Según Gardner, es un “lavado de cerebro” al cual uno de los progenitores, generalmente la madre, somete al hij*, en contra del otro progenitor, logrando de este modo “alienar”, quitar a ese padre hasta hacerlo “desaparecer”, haciendo, en algunos casos, que el/la niñ* inventen que su padre abusó sexualmente. Los orígenes de la invención del síndrome de referencia se hallan en la teoría de la sexualidad humana de Gardner, una teoría según la cual, el contacto sexual adulto-niño es benigno y beneficioso para la reproducción de las especies. Esta teoría interpreta el incesto y la pedofilia como benignos, como conductas no-abusivas y es el reflejo de aquellos activistas que defienden la pedofilia como un modo de “orientación sexual” posible. Menciona: “Los niños mayores pueden ser ayudados a darse cuenta que los encuentros sexuales entre adulto y niñ* no son universalmente considerados como un acto censurable. Se le podría contar al niño sobre otras sociedades en las cuales tal comportamiento fue y es considerado normal... el niño tiene que ser ayudado a apreciar que en nuestra sociedad tenemos una actitud exageradamente punitiva y moralista sobre los encuentros sexuales entre adulto-niño”. Algunos de estos supuestos sobre los que se asienta el SAP afirman que l*s niñ*s son fácilmente condicionados, que mienten y pueden sostener la mentira, sólo por dañar a otra persona, aún cuando vaya contra su propia voluntad e interés. Que los Derechos de l*s niñ*s deben quedar subsumidos a los Derechos de los padres y que es necesario coaccionar a un/a niñ* para encauzar su conducta en los criterios de normalidad subjetiva que consideren los adultos implicados. Obviamente todos criterios que van en contra de estudios y comprobaciones acerca del pensamiento y del psiquismo infantil; a la vez que arrasan con los logros jurídico-sociales de los Derechos Internacionales de la Niñez. En el invierno de 1989, en la revista “Paternidad Americana” aparece publicado un artículo firmado por Gardner: "Parental Alienation Syndrome”, en cuyo subtítulo interroga. "¿Por qué algunas madres ejercen todo su poder para expropiar al niño del padre? ¿Qué puede hacerse?". En ese texto, la característica enfáticamente misógina se hace evidente. No obstante, en los últimos años (Gardner se suicidó el 25 de mayo de 2003, apuñalándose el corazón), debido a las críticas que recibió en este sentido, en especial desde los movimientos de mujeres, el autor adaptó la estética de su discurso a las circunstancias, aunque los contenidos y fundamentos de todos sus escritos continuaron orientados al sentido original. En 1991, Gardner, publica “Histeria del Abuso Sexual: las Brujas de Salem vuelven a Visitar los Juzgados”, en el cual describe que "la histeria del abuso sexual está omnipresente", criticando a profesionales de la salud mental, investigadores, fiscales y abogados que intentan proteger y defender los derechos de la infancia en este debate. Gardner acusa a algunos fiscales y querellantes de “gratificar su propio deseo sexual y tendencias sádicas a través de su intervención en casos de abuso sexual”, llegando a afirmar que "hay un poco de pedofilia en cada uno de nosotros". A través de su utilización, en especial en el ámbito judicial, este pretendido síndrome, se fue instalando entre psicólog*s, abogad*s, perit*s y funcionari*s de la justicia. Su utilización se multiplicó exponencialmente y obturó toda racionalidad crítica en gran número de profesionales que avalaron y sostuvieron “sin cuestionamientos” lo propuesto desde la mente de este médico. En 1998, la APA, en un artículo que firma Scott Sleek menciona: “¿Están siendo desatendidos los testimonios psicológicos? Algunos jueces no comprenden la investigación de los psicólogos, mientras otros ignoran sus resultados”. Y vuelve a expresar su preocupación acerca de la utilización del SAP en la justicia: “... Por ejemplo, algunos jueces de familia han denegado a una madre divorciada, la custodia de sus hijos, basados en un diagnóstico del supuesto síndrome de Gardner, para describir a un progenitor, generalmente la madre, que trata de volcar a sus hijos contra el otro progenitor. Mientras l*s psicólog*s acuerdan, que en algunos casos podría presentarse esta conducta, esto no lo acredita como Síndrome de Alienación Parental ni que sea un elemento diagnóstico válido y no debería ser admitido en casos de litigios por la custodia de l*s hij*s...”. El fenómeno del pretendido síndrome, es tal vez un caso que merezca la atención y el análisis minucioso de la comunidad científica, para evitar, con vistas al futuro, designaciones y consideraciones apócrifas que, como en este caso, pueden dañar de modo grave e irreversible aquello que se dice querer preservar: la niñez. En Argentina el SAP fue sostenido por grupos como APADESHI, Padres del Obelisco, Con los Chicos No (comunidad en Facebook) y hasta obtuvo sus jornadas en la Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires. Por otro lado quienes alertan sobre el falso síndrome encontramos a APBA, Colegio Médico, Colegio de Abogados, divers*s representantes del área de Salud Mental, A.S.I.No, entre otras y otros.

 

(Este artículo se basa en correos con Sonia Vacaro, Psicóloga de la Comisión para la Investigación de los Malos Tratos a Mujeres, Madrid, España).

 

Jorge Horacio Raíces Montero

Licenciado en Psicología Clínica - Investigador en Sexualidad y Epistemología

raices_montero [at] ciudad.com.ar

 

Articulo publicado en
Agosto / 2012

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