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A un año de aprobada la ley que permite la Interrupción Voluntaria y Legal del Embarazo

 
Consejerías en Interrupción Voluntaria del embarazo

Se cumple un año de la sanción de la ley 27610 de Interrupción Voluntaria del embarazo.  Su implementación ha sido muy heterogénea a lo largo de todo el país, en los distintos subsistemas de salud y en cada institución. Mucho tuvo que ver con los caminos previamente recorridos a lo largo de los últimos años en la lucha por el acceso a la Interrupción legal en el marco del artículo 86 del Código Penal. En la Ciudad de Buenos Aires, la práctica  ya  se  garantizaba en todas las instituciones del subsistema público[1] pero no así en los sectores de obras sociales y privados. Por lo que una tarea importante se presentó para trabajar también en esas áreas.

Las consejerías pueden ser llevadas a cabo de manera interdisciplinaria o multidisciplinaria, como también por una/e/o profesional. Quienes realizan las consejerías son profesionales de diferentes disciplinas del área biomédica y/o psicosocial

Se generaron a partir de la implementación de la ley, diversas reacciones al interior de los equipos de salud. En algunos lugares se ha visto a muchxs profesionales sumarse a listados de objetores de conciencia. También a equipos enteros negar la atención. No siempre las motivaciones fueron realmente la contraposición con sus principios y valores. La flexibilidad en la adopción de dicha medida de excepción permitió que algunos/as/es pudieran evadir con facilidad la obligación profesional de garantizar derechos.

No obstante, ello, debemos reconocer y valorar que una enorme cantidad de equipos se sintieron aliviados con la posibilidad de trabajar desde una perspectiva de cuidado de la salud integral, en un marco legal sumamente claro en cuanto a las obligaciones profesionales y los derechos de las/les/los usuarios/es/os. E incluso debe decirse que en el marco de las modificaciones producida por la pandemia tanto en el sistema de salud cómo en la vida de las personas (posibilidades de transitar, limitaciones de los servicios etc) los equipos han implementado una cantidad de formas innovadoras de acceso cómo líneas telefónicas, mail, redes sociales, videoconsultas para facilitar la atención en un entorno plagado de limitaciones.

Muchas preguntas surgieron acerca de cómo llevar adelante buenas prácticas de atención y cuidado. Florecieron espacios de acompañamiento y atención que abrieron puertas a las consultas. Durante el 1er semestre del año 2021 se llevaron adelante en todo el país, solo en el sector público, 25.894 interrupciones voluntarias y legales del embarazo, según reportes del Ministerio de Salud de Nación. (https://proyectomirar.org.ar/)

Aún lejos de sostener que se ha desterrado el estigma con el que el aborto sigue contando, debemos valorar que son más los equipos que se han volcado a trabajar de una manera segura, en una perspectiva de derechos e incorporado una perspectiva de género en sus abordajes.

En el campo de la salud, se multiplicaron las capacitaciones, brindadas tanto desde el Ministerio de Salud de la Nación, como desde muchas provincias y localidades, así como también desde distintas asociaciones profesionales. Se difundieron protocolos cómo el de Atención Integral a las personas con derecho a Interrupcion Voluntaria y Legal  del Embarazo[2] ) y guías de práctica clínica para apoyar a los equipos en la tarea. En la Ciudad de Buenos Aires, en cuyo subsector público se realizaron el 16% de las interrupciones de embarazo del total del país, se desarrollaron cursos para trabajar sobre la calidad en el proceso de atención a la IVE/ILE, de formación en la práctica de Aspiración Manual Endouterina (AMEU), así como en valoración ecográfica en el 1er nivel de atención, para abordar los nudos críticos en el acceso que fueron apareciendo.

Si bien hace mucho tiempo algunos equipos de salud vienen capacitándose y trabajando para garantizar el acceso a las interrupciones legales de embarazo, es la aprobación de la Ley 27610 de Interrupción Voluntaria del Embarazo la que nos invita a todes a actualizar conceptos y desarrollar dispositivos que permitan el adecuado cumplimiento de la misma.

Los puntos centrales que establece la ley y que nos interesa remarcar son: el derecho a decidir la interrupción del embarazo de conformidad con la ley; a requerir y acceder a la atención de la interrupción del embarazo en los servicios del sistema de salud; a requerir y recibir atención postaborto en los servicios del sistema de salud y a prevenir los embarazos no intencionales.

La ley establece que: las mujeres y personas con otras identidades de género con capacidad de gestar tienen derecho a decidir y acceder a la interrupción de su embarazo hasta la semana catorce (14), inclusive, del proceso gestacional..[3]. También describe particularmente en el artículo 5° de la misma, los derechos que deben garantizarse a las personas que solicitan la práctica en los servicios de salud, ellos son: a) Trato digno. b) Privacidad. c) Confidencialidad. d) Autonomía de la voluntad. e) Acceso a la información. f) Calidad.

Si bien esos componentes deben ser garantizados en cualquier práctica de salud, aqui su cumplimiento se torna clave por la sensibilidad que la temática del aborto y la explicitación de los mismos en la ley le otorgan una fuerza importante.

En ese proceso de atención, las Consejerías cumplen un rol fundamental por lo que vale la pena retomar los contenidos de las mismas y recrearlos a la luz de esta nueva ley. 

Nos referimos a las consejerías como a ese espacio de intercambio de perspectivas y saberes entre personas que solicitan o requieren un acompañamiento en un momento de decisiones críticas, y otras personas capacitadas y dispuestas a acompañar desde un lugar de respeto, garantía de derechos y apuntalamiento de la autonomía.

Pueden desarrollarse por el impulso y la participación de distintos sectores. Aquí comentaremos particularmente a las que se llevan adelante por parte de los servicios de salud, sin dejar de reconocer y destacar el valioso recorrido y aporte que los movimientos sociales feministas como el socorrismo protagonizan, entre otros.

El sistema de salud en todos sus niveles de atención: el comunitario -también denominado nivel 0-, el de los centros de salud primer nivel de atención, y el de los de los hospitales 2do o 3er nivel de atención, puede contar con personas capacitadas para escuchar, brindar información y promover derechos en cada modalidad de oferta de servicios y tareas.

¿Quiénes participan?

Las personas que brindan consejería pueden pertenecer a distintas disciplinas o roles en los equipos de salud. Puede tratarse de personas formadas en el campo de la biomedicina, o en el área psicosocial. Pueden ser profesionales, así como técnicos o promotores u otros trabajadores de salud. El requisito fundamental es el de contar con el entrenamiento adecuado en el proceso de escucha activa y empática, y con el conocimiento y la información científicamente validada sobre el proceso por el que está acompañando al o la sujeto/a/e solicitante.

¿Dónde se realiza?

La consejería puede estar incorporada a los procesos de atención desde distintas modalidades y formatos. En una institución escolar, o en un comedor comunitario, o en un centro de atención primaria, o en consultorios o salas de hospitales. Puede tratarse de espacios individuales o grupales.

Cuando la persona está tomando una decisión en relación a interrumpir un embarazo, muchas veces busca información para reafirmar o contrastar y revisar la elección, e invariablemente busca acompañamiento para ello. En ese caso, se trata de una consejería específicamente en Interrupción voluntaria del embarazo y/o interrupción legal del embarazo.

Consejerías en IVE/ILE

Algunas características

Cuando se trata de una consejería que acompañará a una persona en una interrupción de embarazo, cuentan para ella todas las características que incluye el dispositivo en general, pero con algunos componentes particulares.

Una primera condición es la premura en garantizar el acceso a la consejería. 

En ocasiones las personas llegan luego de haber valorado distintas posibilidades, de haber conversado con su pareja si la hay o referentes afectivos, tienen muchas certezas en relación a la determinación, y solo requieren información sobre el procedimiento y acceso al mismo. Pero en otras circunstancias concurren en un estado de conmoción por la noticia del embarazo, e incluso algunas veces ni siquiera hay seguridad de que haya una gesta viable en curso. Puede suceder también que ya haya transcurrido un tiempo de la gestación y la importancia del pronto encuentro radica en que cada día cuenta en relación al encuadre como IVE, o a la posibilidad de brindar acceso en el marco de las causales cuando se superan las 15 semanas de gestación. La ley 27610 establece que la respuesta debe garantizarse en un plazo de 10 días lo que nos pone en la obligación de agilizar los mecanismos para el acceso.

La escucha empática y activa son condiciones fundamentales en el desarrollo de la consejería. Esto significa crear las condiciones para que la persona pueda desplegar, si así lo desea, con confianza todas las dudas e incertidumbres que acompañan su decisión sin sentirse juzgada por ello. Debemos reconocer que nuestra sociedad mantiene con gran arraigo aún a discursos sociales que cuestionan la decisión de una persona de no continuar un embarazo, particularmente si se trata de una mujer que está negándose a cumplir con el mandato de la maternidad. No importan las circunstancias que esté atravesando, se la estigmatiza con vehemencia. Por lo tanto, es fundamental ser capaz de demostrar que la escucha es desprejuiciada, que no se hará juicio de valor sobre lo que la persona defina.

Es necesario que la persona pueda compartir lo que desee de su trayectoria previa, que pueda recuperar los hechos que le sean significativos sobre los que asienta sus decisiones, que pueda valorar las distintas opciones. Es en ese intercambio que se genera en el que se podrá visibilizar los motivos por los cuales la persona solicita interrumpir o si hay relaciones de coerción o de violencia que la estén llevando a un pedido que no surja genuinamente de su deseo.

Cabe aclarar en relación a las edades de las personas que consulten que según lo establecido en el artículo 26 del código Civil y Comercial de nuestro país lxs adolescentes pueden concurrir a una consejería por su propia cuenta. “Se presume que el adolescente entre trece y dieciséis años tiene aptitud para decidir por sí respecto de aquellos tratamientos que no resultan invasivos, ni comprometen su estado de salud o provocan un riesgo grave en su vida o integridad física.”   Si se tratara de alguien menor a 13 años, habrá que contemplar la situación basándonos en el interés superior del niño y atendiendo a la adquisición de capacidades progresivas con las que cuente.  A partir de los 16 años se considera con autonomía para cualquier decisión vinculada a su salud.

Múltiples formas y lugares

Las Consejerías en salud sexual integral, y particularmente las que se especializan en IVE/ILE, pueden desarrollarse de diferentes maneras. Puede tratarse de espacios individuales, que involucran a una/e/o o más profesionales y a la persona que se acerca a ser atendida. También pueden ser consejerías grupales donde, además de un/a/e profesional o el equipo de salud, participan más de dos personas usuarias. En ésta última modalidad, se puede contar con un espacio donde luego se aborde de manera individual la situación particular de cada persona, teniendo en cuenta el modelo de atención de las consejerías centrados en acompañar la singularidad de cada sujeto que realiza la consulta, como también garantizando el consentimiento de todas las personas que deseen participar del espacio.

Las consejerías pueden ser llevadas a cabo de manera interdisciplinaria o multidisciplinaria, como también por una/e/o profesional. Quienes realizan las consejerías son profesionales de diferentes disciplinas del área biomédica y/o psicosocial. Lo importante acá es destacar que nunca se debe negar una consejería en IVE/ILE por la falta de conformación de un equipo interdisciplinario o multidisciplinario, o porque no está presente el equipo encargado de llevar adelante esta tarea. Una/e/o solo profesional puede llevar adelante la consejería en IVE/ILE para así garantizar el acceso a este derecho de quien lo esté solicitando. Esto tampoco debe implicar que la consejería no se aborde desde la integralidad.

la consejería es uno de los momentos que forma parte del proceso de atención y acompañamiento que se les brinda a las personas durante la solicitud de interrupción de un embarazo

Es importante en estas ocasiones no dejar pasar la oportunidad de brindar información y una oferta de acompañamiento para la persona que consulta en ese momento, aunque no se pueda garantizar una intervención completa. Además, recordemos siempre que las consejerías forman parte de un proceso de atención, donde quienes las llevamos adelante podemos ir construyendo vínculos de confianza con las personas que se acercan a la institución. De esta manera, la consejería es uno de los momentos que forma parte del proceso de atención y acompañamiento que se les brinda a las personas durante la solicitud de interrupción de un embarazo.

La pandemia cómo motor de otras formas de atención

Desde hace un tiempo a esta parte se vienen implementando nuevas maneras de abordar la salud sexual integral a través de distintos canales de comunicación: redes sociales, portales, blogs, foros y páginas webs, gestionadas tanto por personas, como por colectivos, grupos, organizaciones, y también por las instituciones de salud.

Para la realización de consultas y atención personalizada se han incluido las teleconsultas que se realizan mediante videollamadas o videoconferencias.

En el marco de estas modalidades se puede acceder a información sobre salud sexual integral, interrupción voluntaria y legal del embarazo, derechos sexuales, derechos reproductivos, menstruación, identidad de género, (auto)placer, masturbación, consentimiento en las relaciones sexuales, infecciones de transmisión sexual, entre tantos otros temas.

Desde que se decretó el Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio y el Distanciamiento Social Preventivo y Obligatorio (marzo 2020) y durante la actualidad, la virtualidad se conformó en una herramienta casi indispensable para poder garantizar la atención en lo que respecta a la salud sexual y salud reproductiva de las personas. Es así que una manera alternativa de realizar una consejería hoy en día, como en algunos casos vienen haciendo equipos de salud en distintos centros de salud y hospitales, es a través de plataformas virtuales.

Entendemos como consejerías virtuales en IVE/ILE a aquellas que se desarrollan por un equipo de salud a través de una llamada telefónica o una teleconsulta, ya sea por videollamada o videoconferencia, y que están destinadas a la atención individual de una persona que la solicita y para la que presta su consentimiento.

En estos casos, es importante garantizar – como siempre decimos – el encuadre de la misma, pero ahora teniendo en cuenta las particularidades que conlleva la realización de una teleconsulta. Tenemos que tener presente en estas instancias: un primer momento donde se acuerde el día, el horario, la duración aproximada de la consulta y, fundamentalmente, donde se le explicite a la persona qué temas se abordarán y que el propósito de la misma es poder conversar en un espacio de confianza e intimidad. De esta manera se espera que la persona pueda compartir todas las preguntas o dudas que tenga.

En caso que la consejería se presente como una oportunidad de asistencia es necesario volver a preguntarle a la persona si quiere y si puede hablar de ese tema en ese momento, asegurándonos que se garantice la privacidad e intimidad de la charla, y adelantarle que la llamada se extenderá unos minutos más. 

Una oportunidad

Las consejerías apuntan a fortalecer la autonomía de las personas para la toma de decisiones sobre su salud sexual y salud reproductiva en forma libre, consciente e informada. Para esto es importante tener una escucha activa para poder abordar a cada persona desde su singularidad, tener en cuenta la diversidad sexual, las condiciones de vida, y las características socio culturales de la población.

Este modo de pensar la consejería nos abre la posibilidad de atender al cuidado de cuestiones que exceden el marco del embarazo. Nos encontramos mayormente frente a personas que no consultan por una enfermedad, sino que necesitan tomar decisiones sobre aspectos íntimos, sensibles y complejos de su propia vida como lo es este evento vinculado a la sexualidad.

En el espacio de consejería se abren oportunidades para abordar situaciones y problemáticas que la persona viene transitando. Poder escuchar activamente nos permite acompañar y dar respuesta frente a esas problemáticas más allá del motivo por el que se consulta. La perspectiva de derechos, el enfoque de género y la interseccionalidad se vuelven claves para pensar las intervenciones en el marco de las Consejerías en IVE/ILE. Estas miradas apuntan a contemplar e incluir subjetividades e identidades diversas en nuestra atención:

Desde una perspectiva de derechos

Las consejerías en IVE/ILE, al igual que las consejerías en salud sexual integral, deben ser abordadas desde una perspectiva de derechos, lo cual implica considerar a quien consulta como sujeto de derecho inserto en un contexto social y cultural.

En las sociedades en las que vivimos podemos observar constantemente que las personas que se acercan a las consejerías de IVE/ILE, como mujeres cis, lesbianas, varones trans e identidades no binarias, son víctimas de discriminación y desigualdad. Esto se puede llegar a profundizar aún más cuando una persona está atravesando una situación de embarazo que no desea o no sabe aún si continuar. Ante esto, sabemos que no garantizar la toma de decisiones de manera autónoma de la persona es una manera más de vulnerar sus derechos sexuales.

Desde un enfoque de género

A partir de este enfoque podemos realizar abordajes que consideren las desigualdades históricas por las que atraviesan las personas que se acercan a las consejerías de IVE/ILE. Todas ellas pueden observarse y vivenciarse cuando se generan relaciones donde una persona o grupo se cree superior a otra persona o grupo. Esto se ha visto con claridad en la relación desigual que existe entre mujeres cis, lesbianas, trans, travestis e identidades no binarias respecto, principalmente, de los varones cis o a identidades masculinizadas. Es decir, existen relaciones de poder en todas las relaciones sociales donde se legitiman las jerarquías y las desigualdades, afectando mucho más a unas/es que a otros.

Así, el enfoque de género nos permite visibilizar la opresión genérica a la que están expuestas las mujeres y/o las disidencias sexuales que se acercan solicitando acceso a una IVE/ILE, y esto le permite al equipo de salud estar atento a, por ejemplo, las situaciónes de vulnerabilidad a la que esta expuesta, si esta siendo sometida a situaciones de violencia, si tiene posibilidades o no de negociar el uso del preservativo o cualquier otro MAC, o si esta siendo forzada a mantener relaciones sexuales, entre otras. 

Desde un abordaje interseccional

A la atención en consejerías planteada desde un enfoque de género y de derechos le agregamos también una mirada interseccional para seguir problematizando y reflexionando sobre las experiencias de vida de quienes se atienden en las diferentes instituciones.

Nos referimos a un abordaje desde la interseccionalidad cuando se tiene la intención de atender, e incluir en el proceso de atención-cuidado, las múltiples dimensiones de opresión y exclusión que mujeres cis, varones trans, lesbianas e identidades no binarias relatan durante las consejerías. Estas opresiones son el racismo, el sexismo y el clasismo principalmente, pero también se pueden mencionar las opresiones por edad, nacionalidad, religión, discapacidad y por cuestiones políticas. Para ello es necesario preguntar(nos) cómo son experimentadas concretamente por quienes se acercan a las consejerías las intersecciones de estas opresiones (Viveros Vigoya, 2016).

 Resulta necesario abordar las implicaciones que tienen las relaciones de poder que se producen por todas estas opresiones, entendiendo que entre ellas no se las debe jerarquizar ni separar. Este abordaje nos permite obtener una mirada integral de las realidades de las personas que consultan, y esto se verá reflejado en la atención, en el cuidado y en el vínculo que se construya con el equipo de salud.

Aspectos claves para la atención

En el marco de las consejerías en IVE/ILE el desarrollo de la entrevista y el intercambio que se produzca en ese momento es sumamente importante, porque permite construir el vínculo esperado entre el equipo de salud y quienes realizan la consulta.

Durante la entrevista es importante realizar preguntas abiertas que faciliten que la persona se exprese libremente y construya la demanda con sus propias palabras. Es fundamental en esta instancia tomar el mundo de referencia de las personas que están consultando para así abordar los temas que se propone la consejería teniéndolos en cuenta, evitando así intervenciones que parten de los prejuicios y preconceptos que tenemos desde el equipo de salud.

Esto es posible a partir de preguntas que nos permitan conocer por qué motivo se acerca la persona, cuál es o cuáles son las consultas que trae y qué demanda. Tener una escucha activa y atenta durante la entrevista nos permite registrar las demandas que trae la persona y las que como equipo de salud consideramos pertinente abordar; evaluar cómo ordenar y jerarquizar estas demandas, teniendo siempre presente lo que considera la persona como necesidad primordial y no solo nuestra apreciación profesional.

En una consejería de IVE/ILE es indispensable tener en cuenta cómo está atravesando ese momento la persona para saber cómo acompañar, utilizando palabras, expresiones y modos de hablar acorde a lo que esa persona necesite. Algunas personas atraviesan el proceso de toma de decisión con seguridad, otras con confianza en donde están consultando, otras con angustias, otras con culpas, otras con preocupación por sus familias, hijas/es, y otros miles de formas que no conocemos porque depende de cada persona, por lo tanto, el desafío es descubrirlo en esa entrevista.

Esta información nos va a permitir decidir cuál es la mejor forma de comunicar la explicación del procedimiento: realización de test de embarazo y/o ecografía, consentimiento informado y entrega de misoprostol si se realiza de manera ambulatorio o derivación articulada con el efector o servicio correspondiente.

Tener una escucha activa y atenta, y llevar adelante la consejería teniendo en cuenta el mundo de representaciones de la persona que consulta tiene como resultado garantizar una atención integral respecto a la IVE/ILE, porque en ella no solo se aborda el acceso a un procedimiento médico, sino que también se construye un espacio de atención-cuidado para las personas.

Según nivel de atención

1er Nivel  o ambulatorio

2do Nivel o internación

Para tto ambulatorio:

  • ver si hay acompañamiento y sostén
  • que cuente con espacio con privacidad
  • chequear situaciones de violencia
  • información sobre uso del medicamento
  • analgesia y control de efectos indeseables del misoprostol
  • alarma ante complicaciones y consulta oportuna por guardia.
  • reconocer efecto adecuado o insuficiente.
  • retorno a atención posterior y derecho a la anticoncepción posterior según elección

Para AMEU

  • Agregar a lo anterior Información sobre el procedimiento

 

Para tratamiento en guardia o internación:

  • informar acerca del ámbito en el que se desarrollará la práctica
  • informar sobre derecho a privacidad y buen trato
  • comunicar procedimientos posibles y toma de decisiones compartidas
  • garantizar derecho a analgesia adecuada
  • dar a conocer riesgo de complicaciones con información clara sobre su prevalencia.
  • que la persona sepa el tiempo aproximado en el que estará ingresada.
  • en la medida de lo posible que haya un referente del equipo con quien la persona pueda comunicarse fácilmente
  • cómo continuará el proceso luego del alta

La consejería no ha terminado aún: proceso de atención posterior

El encuentro luego del procedimiento contiene varios aspectos para ser abordados. En primer lugar: el relato de lo sucedido, la necesidad de relevar las vivencias y cómo se atravesó el proceso, qué cosas necesita la persona compartir y consultar.

Si el tratamiento fue realizado de manera ambulatoria confirmar la efectividad del mismo y descartar complicaciones. Hay que aclarar dudas en relación a las alertas que deben mantenerse y por cuánto tiempo. En particular, cuando pueden reanudarse relaciones sexuales vaginales, baños de inmersión, uso de tampones, etc.

Aprovechar para ofrecer testeo de Infecciones de Transmisión sexual si corresponde. En todos los casos, retomar si fueron planteadas en las consultas iniciales cuestiones vinculadas a violencia de género, otras vulneraciones de derechos o problemas de salud detectados.

Conversar sobre el retorno de la condición de fertilidad y ofrecer método anticonceptivo. En este aspecto vale la pena detenerse a analizar algunas cuestiones que se ponen en juego. Es muy importante ofrecer todos los métodos disponibles, con información clara acerca de la efectividad de cada uno de ellos, revisando con la persona sus experiencias previas, sus prejuicios y sus deseos. Y garantizar el acceso al mismo si la persona lo prefiere en esa misma consulta. Es necesario reflexionar en este aspecto sobre qué se le pone en juego a la/el/le profesional cuando la persona no desea optar por un método, o elige el mismo con el que tuvo un fracaso en la protección que le produjo el embarazo.

A un año de la ley nos seguimos pensando

Concluyendo, es necesario reconocer que, si bien hay equipos de salud que se vienen formando en la atención para IVE/ILE, también hay equipos que portan prejuicios y mandatos que, en ocasiones, aunque no se desee se transmiten o se imponen. Por esto, es que se vuelve un compromiso ético-político y una necesidad visibilizar la tensión que se establece entre la accesibilidad amplia y la exigencia a adoptar tal o cual método. Revisar esas escenas y ponerlas en cuestión nos permite avanzar a modelos de acompañamiento en los que el centro sea la escucha para garantizar una verdadera autonomía en las decisiones.

Hemos visto entonces la enorme oportunidad que la aprobación y la implementación de la ley 27610 nos brinda para que, iluminadxs por ello, revisemos el proceso de atención, constituyéndose en una acción de producción de salud, con dispositivos que democratizan esos vínculos entre equipos y usuarixs, y que tienen en cuenta los determinantes sociales de la salud, entre los que las desigualdades de género, de clase y de raza-etnia cumplen un rol fundamental.

Mucho para aprender aún, mucho para caminar, pero con la enorme alegría de los enormes avances producidos.

El aborto ya es ley, seguiremos bregando para que sea realidad la autonomía en las decisiones y que la atención sea de calidad.

Carolina del Valle
Trabajadora social
carodelvalle.- [at] hotmail.com

Romina Hemadi 
Psicóloga 
romina.hemadi [at] gmail.com

Viviana Mazur 
Médica Generalista 
mazurviviana [at] yahoo.com.ar 

 

Bibliografía

Código Civil y Comercial de la Nación 5a ed. ISBN 978-987-3720-13-0 Ediciones Saij diciembre 2020

Coordinador de Salud Sexual, VIH e ITS (2020). Salud sexual y reproductiva en la Ciudad de Buenos Aires. Situación y Repuesta 2020. Disponible en:   https://www.buenosaires.gob.ar/salud/coordinacion-salud-sexual-vih-infecciones-de-transmision-sexual/publicaciones

Ley 27610 de Acceso a la Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE). Disponible en:  https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/239807/20210115 

Dirección de Salud Sexual y Reproductiva, Consejerías en salud sexual y salud reproductiva (2018). PROPUESTA DE DISEÑO, ORGANIZACIÓN E IMPLEMENTACIÓN. Documento de trabajo. Ministerio de Salud y Desarrollo Social. Disponible en: http://iah.salud.gob.ar/doc/Documento190.pdf

Organización Mundial de la Salud (2015). Funciones del personal sanitario en la atención para un aborto sin riesgos y los métodos anticonceptivos después del aborto. ISBN 978 92 4 354926 2 (Clasificación NLM: WQ 440) © Organización Mundial de la Salud 2015. Disponible en: http://apps.who.int/iris/bitstream/handle/10665/204374/9789243549262_spa.pdf;jsessionid=0F88A5F519C9019272CE197A7E60E380?sequence=1

Viveros Vigoya, Mara (2016). La interseccionalidad: una aproximación situada a la dominación. En: Debate Feminista, vol. 52. Disponible en: http://www.upla.cl/inclusion/wp-content/uploads/2015/04/Interseccionalidadendebate_misealweb-1.pdf

 

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Articulo publicado en
Enero / 2022

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